Justicia reconoce incapacidad a limpiadora con artrosis severa tras retiro de pensión
Un tribunal falló a favor de una trabajadora en Cantabria, ordenando la restitución de su pensión vitalicia tras acreditar la imposibilidad de realizar sus labores físicas.

La justicia ha dictaminado a favor de una limpiadora residente en Cantabria, reconociendo su derecho a una incapacidad permanente total para su profesión habitual. La sentencia revoca la decisión previa del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que había retirado previamente la prestación económica argumentando una mejoría en su estado de salud, a pesar de que la paciente padece artrosis severa y hernias discales crónicas.
El fallo judicial subraya que la patología de la trabajadora le impide realizar movimientos repetitivos, cargar pesos o mantener posturas forzadas, tareas esenciales en su desempeño diario. La resolución establece que el Estado deberá abonar una pensión vitalicia mensual, la cual representa el 55% de una base reguladora de 1.074,15 euros, garantizando así una protección social acorde a sus limitaciones físicas comprobadas.
Durante el proceso, se valoraron informes médicos que detallan el desgaste degenerativo en las articulaciones y la columna vertebral de la afectada. El tribunal concluyó que, aunque existen tratamientos paliativos, las secuelas son irreversibles y limitan severamente su capacidad de inserción laboral en tareas de limpieza, lo cual contraviene la postura inicial de las autoridades administrativas que habían retirado el beneficio.
Este caso pone de relieve la importancia de la revisión judicial en temas de seguridad social cuando las evaluaciones médicas administrativas no consideran la realidad funcional del trabajador. La sentencia sienta un precedente relevante para otros empleados del sector servicios que enfrentan condiciones degenerativas, reafirmando el derecho a la protección económica ante la pérdida de capacidad laboral debido a enfermedades crónicas.
La decisión es de cumplimiento obligatorio y asegura que la trabajadora reciba la compensación económica que le fue negada inicialmente. Este resultado destaca la prevalencia de los criterios clínicos sobre las valoraciones administrativas, brindando certeza jurídica a quienes dependen de estas prestaciones para su sustento básico debido a padecimientos laborales de larga duración.
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